Confirman facultad de Ositrán para supervisar operaciones en Chancay

julio 8, 2026

Escrito por: Redacción Logística 360

La Segunda Sala Constitucional de la Corte de Lima revocó la sentencia de primera instancia, ratificando la competencia legal de Ositrán para supervisar el puerto.

La Segunda Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima emitió una resolución que revoca la sentencia de primera instancia que restringía las facultades de supervisión del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (Ositrán) sobre el Terminal Portuario de Chancay. Con este fallo, la Sala declaró infundada la demanda de amparo interpuesta por la empresa Cosco Shipping Ports Chancay Perú S.A., ratificando así la competencia legal del regulador para ejercer sus funciones sobre la infraestructura.

Sobre la revocación del fallo de primera instancia

La Segunda Sala Constitucional dejó sin efecto la sentencia anterior que, en primera instancia, había limitado el alcance de la supervisión del Ositrán. Al revocar dicho fallo, el tribunal superior confirmó que el regulador posee las facultades necesarias para fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones contractuales y los compromisos de inversión. La resolución es determinante al establecer que, al tratarse de una infraestructura de transporte de uso público, no existen impedimentos para que Ositrán realice sus labores de fiscalización conforme a su marco legal.

Declaraciones de la presidenta de Ositrán, Verónica Zambrano

La presidenta de Ositrán, Verónica Zambrano, se pronunció enfáticamente sobre el impacto de esta decisión judicial para el sector portuario. Zambrano señaló que la resolución permite al organismo cumplir con su mandato legal sin restricciones: «Garantizará que se respeten los derechos de los usuarios», afirmó, subrayando la importancia de la supervisión para evitar arbitrariedades en la prestación de los servicios.

En sus declaraciones, la titular de Ositrán precisó que la intervención del organismo es fundamental para la transparencia del proyecto: «Asegurar que las operaciones se brinden en condiciones competitivas y transparentes» es el objetivo prioritario para el regulador. Zambrano añadió que la labor de fiscalización no es opcional, sino un imperativo institucional: «Ositrán reitera que su labor supervisora es indispensable para asegurar que las inversiones y los servicios portuarios se ajusten a los estándares de calidad y eficiencia establecidos».

Compromisos y vigilancia operativa

Tras el fallo de la Segunda Sala Constitucional, el Ositrán reafirmó que mantendrá una vigilancia constante durante toda la etapa de operación del puerto. El regulador destacó que su supervisión es una garantía esencial: «Velar por el respeto de los derechos de los usuarios» es el eje central de la fiscalización, además de asegurar que el concesionario cumpla rigurosamente con todas las obligaciones establecidas en el Contrato de Concesión.

Finalmente, el organismo puntualizó que el ejercicio de estas facultades de fiscalización es una garantía para el comercio exterior, reiterando que «la supervisión es un derecho de los usuarios y una obligación del regulador para cautelar el correcto funcionamiento de la infraestructura».

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