Nuevos incentivos tributarios para transporte fluvial en la Amazonía
agosto 2, 2023
Escrito por: Jorge Choque
El 90% de pasajeros y carga en la zona pasa por el transporte fluvial pero el sector tiene un alto nivel de informalidad. Experto señala que sin una mayor presencia de la Sunat en la región las empresas seguirán optando por no tributar. Esta ley amplía los efectos de la Ley 27037, aprobada en 1998
El 90% de pasajeros y carga en la zona pasa por el transporte fluvial pero el sector tiene un alto nivel de informalidad. Experto señala que sin una mayor presencia de la Sunat en la región las empresas seguirán optando por no tributar.
Esta ley amplía los efectos de la Ley 27037, aprobada en 1998 con la intención de promover la inversión en la Amazonía.
En su momento, dicha ley otorgó el beneficio de un IR menor a las empresas dedicadas a actividades agropecuarias, acuícolas, pesqueras, turísticas, así como a actividades manufactureras relacionadas con el procesamiento, transformación y comercialización de productos primarios provenientes de las actividades antes indicadas y la transformación de bosques.
Necesidad de medición
De acuerdo con lo señalado por el diputado Jorge Morante, el transporte fluvial es el medio de transporte más utilizado en la Región Loreto, transportando aproximadamente el 90% de pasajeros y carga en dicha zona.
El diputado indica que la Ley 27037 “no incluyó esta actividad (el transporte fluvial) dentro del alcance de dicha normativa”, siendo precisamente la actividad de la que dependen todas las demás, convirtiéndose así en una de las actividades económicas “más olvidadas” y dejadas a la deriva”.
El proyecto de ley que dio lugar a la aprobación del reglamento señala que el sector del transporte fluvial presenta actualmente un alto grado de informalidad que “se traduce en una serie de dificultades que afectan a los pasajeros que residen en la región, la mayoría de los cuales se encuentra en situación de pobreza o extrema pobreza, así como los turistas».
Cabe señalar que el Estado ya viene otorgando incentivos a este sector a través de subsidios, pero solo para el transporte de pasajeros, a través de la modalidad ferry que cubre la ruta Iquitos-Santa Rosa y viceversa, “lo que beneficia a un número muy reducido de pasajeros y no da su sostenibilidad”, según el proyecto de ley.
De acuerdo a lo expuesto por José Enrique Reátegui en su artículo “Servicio de Transporte Fluvial en la Región Loreto: Entre Escila y Caribdis”, la informalidad en el sector ha propiciado que las embarcaciones viajen con exceso de pasajeros y carga y el transporte de animales vivos junto a los pasajeros y material peligroso.
¿Funcionará la medida?
Según Jorge Picón, socio del estudio Picón, la medida no tendría el efecto deseado. “Los beneficios a la Amazonía, en cuanto a la tasa reducida del Impuesto a la Renta, no han demostrado ser una medida para promover la inversión, sobre todo en los negocios aplicables a las mypes, que tienen un alto componente de informalidad”, subraya al respecto. .
El abogado agrega que “para que una regla de beneficio tributario sea eficiente, primero debe existir formalidad en el sector, ya que ningún beneficio puede competir con la informalidad tributaria”.
“Si no hay una administración tributaria efectiva en la zona, al analizar beneficio versus informalidad, gana esta última. Y esto se aplica no solo a la Amazonía; en Puno y otras provincias es lo mismo”, agrega Picón.